Reclamación en caso de accidente de circulación
- octubre 9, 2014
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En caso de que el accidente no sea grave y estemos de acuerdo con la otra parte implicada, rellenaremos con todo detalle la declaración amistosa de accidente. En caso de que el accidente sea de gravedad o no haya acuerdo con el otro u otras partes implicadas, avisaremos a la policía para que acuda al lugar de los hechos. La policía realizará un atestado con las circunstancias del accidente. Si es posible, anotaremos los datos de posibles testigos del accidente.
En caso de haber sufrido lesiones avisaremos a los servicios de emergencia o acudiremos a un centro sanitario para una exploración, para recibir la asistencia necesaria y seguir las indicaciones de los facultativos.
A fin de garantizar todas las coberturas que le puede ofrecer su póliza de seguro del vehículo, es importante que comunique el siniestro a su compañía aseguradora en el plazo de 7 días desde la fecha del accidente.
En caso de haber sufrido lesiones en el accidente como conductor, acompañante o peatón, ya sea en un turismo, camión, taxi o transporte público, usted tiene derecho a ser indemnizado por los daños sufridos.
Esta indemnización debe cubrir tanto los días considerados impeditivos como no impeditivos, así como las posibles secuelas que se deriven. Estos días impeditivos se pueden reconocer aunque no se encuentre en situación de baja laboral.
Para ejercer la reclamación de la indemnización que pueda corresponderle como lesionado es muy recomendable disponer del asesoramiento legal de un abogado a fin de garantizar la correcta tramitación del procedimiento y la máxima indemnización. El abogado se preocupará de disponer de toda la información necesaria para defender mejor sus intereses, gestionar todos los trámites con las compañías aseguradoras y hacer un seguimiento de los daños sufridos. Dejar la reclamación en manos de las compañías aseguradoras sitúa la discusión en función de los acuerdos existentes entre ellas mismas.
La reclamación se puede tramitar judicialmente por la vía penal o por la vía civil. Para ejercer la reclamación por la vía penal se interpondrá una denuncia en el plazo máximo de 6 meses desde la fecha del accidente. Este procedimiento judicial prevé que el lesionado sea visitado por el médico forense del juzgado, que elaborará un informe con los días de baja médica y las secuelas que puedan corresponder a los daños sufridos. Este informe será de máxima importancia para la reclamación contra la compañía contraria.
Es importante saber que las pólizas de seguro vehículo u hogar incluyen la cobertura de la defensa jurídica escogida por el asegurado en caso de accidente. De esta manera, usted puede elegir un profesional independiente para garantizar sus intereses y la compañía aseguradora se hará cargo de sus honorarios.